Panasonic, como uno de los principales y más destacado fabricante de equipos de aire acondicionado, ha presentado un comunicado informando acerca de las novedades en cuanto a normativa del uso e instalación de equipos con gas R32.
En resumen, el comunicado nos indica lo que tanto se esperaba en el sector, una actualización por parte de Ministerio de Industria sobre el Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Frigorificas. El cambio principal es el cambio de clasificación del refrigerante R32 como un A2L de baja toxicidad y baja inflamabilidad.
La comisión Europea ya ha publicado está actualización, la podeís consultar aquí
La previsión que tienen, es que en Diciembre de 2018 se habrá terminado el proceso actual de validación, y entrará en vigor en Marzo de 2018, como se ha publicado en las conclusiones de Tecnofrío 2018. Esto implicará y está por ver, lo que va a significar la pre-campaña de stock por parte de los fabricantes, por cual gas apostarán, y la disponibilidad de los equipos a lo largo del que viene, es una incertidumbre a día de hoy, bien por la caída de ventas en el sector doméstico este año por el átipo verano y en comparación a años anteriores, y por entre otras cosas la reducida tasa de R410 que tienen a disposición algunos fabricantes. Pero que es de suponer, algunos de ellos, tras abrir la veda al almacenamiento, distribución e instalación por el cambio de normativa, y por la fecha de caducidad prevista (2025) para la comercialización del R410, se espera que el stock para 2019 se incremente bastante en R32, ya que entre otros se amplia catálogo de equipos que pueden utilizar este gas al ampliarse la carga útil aprovada por unidad.
Los elementos principales que cambian respecto al anterior Reglamento y que impedían el uso del refrigerante R32 de manera masiva son:
– El R32 pasa a ser considerado un refrigerante A2L (baja toxicidad y baja inflamabilidad)
– Se establece la posibilidad de poder ser instalado por un instalador de Nivel 1.
– Se elimina la necesidad de que el instalador disponga de un Seguro de Responsabilidad Civil de 900.000 al poder ser utilizado por instaladores de Nivel 1.
– Se elimina la necesidad de que el titular de la instalación disponga de un Seguro de Responsabilidad Civil suscrito de 500.000€.
– El mantenimiento de la instalación podrá realizarse con un instalador de Nivel 1.
– Las instalaciones con R32 ya no precisan de la elaboración de un proyecto suscrito por un técnico titulado. Tan solo es necesario una memoria técnica y la documentación recogida en el Anexo 21 del nuevo Reglamento.
– Se ha aumentado el límite inferior de inflamabilidad (kg/m3) de 0,27 a 0,307.
– Se va a permitir legalizar las instalaciones realizadas previamente con refrigerantes A2L, como el R32. Para ello, se dejará un plazo de tres años desde la entrada en vigor.
Aquí os dejamos el enlace para que podaís consultar el Comunicado Panasonic Nuevo RSIF R32.